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MOLINA, RODRIGO NICOLAS c/ OCHOA, CAROLINA Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que reconoció la existencia de un contrato de trabajo entre el actor y la sociedad demandada.

Contrato de trabajo Indemnizaciones laborales Despido Ley 24 013 Intereses laborales Ley 25 323 Art 23 lct

Despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que reconoció la existencia de un contrato de trabajo entre el actor y la sociedad demandada. Se confirma la condena al pago de indemnizaciones por despido, preaviso, vacaciones, multas de las leyes 24.013 y 25.323, y entrega de certificados de trabajo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los testimonios recibidos acreditan que el actor prestaba servicios como mozo-camarero en el establecimiento comercial explotado por la sociedad demandada, existiendo relación de subordinación.
- La presunción del art. 23 LCT no fue desvirtuada por prueba en contrario.
- Procede la indemnización de los arts. 8 y 15 de la ley 24.013 al cumplirse los requisitos legales.
- Respecto a los intereses, corresponde aplicar lo dispuesto en el Acta CNAT 2764/22 sobre actualización de los créditos laborales.

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