MOLINA, RODRIGO NICOLAS c/ OCHOA, CAROLINA Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que reconoció la existencia de un contrato de trabajo entre el actor y la sociedad demandada.
Despido
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que reconoció la existencia de un contrato de trabajo entre el actor y la sociedad demandada. Se confirma la condena al pago de indemnizaciones por despido, preaviso, vacaciones, multas de las leyes 24.013 y 25.323, y entrega de certificados de trabajo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los testimonios recibidos acreditan que el actor prestaba servicios como mozo-camarero en el establecimiento comercial explotado por la sociedad demandada, existiendo relación de subordinación.
- La presunción del art. 23 LCT no fue desvirtuada por prueba en contrario.
- Procede la indemnización de los arts. 8 y 15 de la ley 24.013 al cumplirse los requisitos legales.
- Respecto a los intereses, corresponde aplicar lo dispuesto en el Acta CNAT 2764/22 sobre actualización de los créditos laborales.
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