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RUBIO ESTEBAN NICOLAS c/ PREVENCION ART SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La demandada opuso excepción de cosa juzgada administrativa y de pago total, pero la Cámara declaró la nulidad de todo lo actuado por considerar que existía una condena a pagar una obligación inexistente.

Nulidad Honorarios profesionales Cosa juzgada Lealtad procesal Fraude procesal Disciplina


¿Quién es el actor?

Rubio Esteban Nicolas

¿A quién se demanda?

Prevencion ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente laboral

¿Qué se resolvió?

Se declara la nulidad de todo lo actuado desde fs. 45 por considerar que existía una condena a pagar una obligación inexistente. Los jueces destacaron que la conducta de las partes y sus letrados fue temeraria y maliciosa, por lo que imponen una particular distribución de las costas. También remiten copia de las actuaciones al Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados. Los principales fundamentos son:
- La demandada acreditó que la obligación reclamada por el actor ya había sido cancelada mediante un acuerdo transaccional homologado previamente.
- La Corte Suprema ha admitido la nulidad de sentencias dictadas en fraude o por estafa procesal, más allá de la cosa juzgada.
- Las partes y sus letrados incurrieron en conductas reñidas con la buena fe y lealtad procesal, al desconocer hechos impeditivos de la condena.

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