BENITEZ, BEATRIZ MALENA c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora promovió demanda por accidente de trabajo y secuelas psicológicas. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo y los intereses computados desde el hecho dañoso.
Accidente de trabajo y daño psicológico
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo.
La Cámara consideró que:
- No correspondía apartarse del dictamen pericial médico que determinó el porcentaje de incapacidad psicológica, ya que la demandada no cuestionó dicho dictamen con argumentos científicos.
- Los intereses deben computarse desde el momento del evento dañoso, conforme el principio general de las obligaciones civiles.
- Los honorarios regulados a los profesionales intervinientes en primera instancia se observan adecuados.
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