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GOMEZ, MARIA BELEN c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora accionó por daños derivados de un accidente de trabajo. La Cámara modificó el porcentaje de incapacidad psíquica y la indemnización total.

Intereses Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Factores de ponderacion Ley 26773

Daños derivados de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se modifica el porcentaje de incapacidad psíquica del 5% al 10% y el monto indemnizatorio total a $ 695.794,32.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se confirma la pericia médica y su determinación de incapacidad física y psíquica.
- Se incrementa el porcentaje de incapacidad psíquica al 10% conforme el informe pericial.
- Se corrige la sumatoria de los factores de ponderación, elevando la incapacidad total al 28,5%.
- Se descarta el pago adicional del 20% previsto en la Ley 26.773 para accidentes in itinere, siguiendo el criterio de la CSJN.
- Se confirma el cálculo del IBM y la aplicación de intereses desde la fecha del accidente.

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