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PEREZ, FLORENCIA BELEN c/ OSTEON S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora demandó por despido y diversos créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la condena solidaria de los socios demandados al considerar que no se acreditaron los presupuestos legales para extender la responsabilidad.

Personalidad juridica Fraude Socios Despido Sociedad Administradores Creditos laborales Condena solidaria

¿Qué se resolvió en el fallo?

La trabajadora Florencia Belén Pérez demandó a la empresa Osteon S.A. y a los socios Hugo Mario Zlatkis, Constantino Szegodi y Rodolfo Carlos Cortes por despido y diversos créditos laborales. La sentencia de primera instancia acogió parcialmente la demanda y condenó solidariamente a los socios con sustento en los arts. 54, 59, 274 y 279 de la Ley de Sociedades Comerciales. Los socios apelaron ese aspecto de la sentencia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la condena solidaria de los socios al considerar que no se acreditó la existencia de una sociedad ficticia o fraudulenta, ni que se haya utilizado la figura societaria para violar la ley o el orden público. Señaló que la mera condición de socio o administrador no implica responsabilidad personal, sino que debe demostrarse que se ha violado la legislación vigente. En el caso, no se comprobaron irregularidades en el registro de la relación laboral, por lo que no concurrían los presupuestos legales para extender la responsabilidad a los socios.

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