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ROJAS, JOANA DANIELA c/ TOPPS ARGENTINA S.R.L. s/DESPIDO

La actora apeló la sentencia de primera instancia por la tasa de interés aplicada. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó aplicar la tasa de interés correspondiente según las Actas de la CNAT.

Tasa de interes Costas Honorarios Despido Actas cnat

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la tasa de interés aplicable. Estableció que al capital de condena se le aplicarán las tasas de interés fijadas en las Actas Nº 2601/14, 2630/16, 2658/17 y 2764/22 de la CNAT, con capitalización anual a partir de la notificación de la demanda, dejando a salvo la facultad jurisdiccional de ajustar la suma si resultara desproporcionada. Asimismo, fijó las costas y honorarios de ambas instancias. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La Cámara consideró que asistía razón a la actora respecto a la tasa de interés aplicada en primera instancia, la cual se encontraba desactualizada.
- Recordó que la Corte Suprema ha convalidado el uso de una tasa diferencial más elevada para los créditos laborales, por la índole de las acreencias.
- Recientemente, la CNAT había dispuesto mantener las tasas de interés establecidas en las Actas referidas, con capitalización anual desde la notificación de la demanda.
- En cuanto a las costas y honorarios, los fijó aplicando el principio del vencimiento y las pautas arancelarias vigentes.

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