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DIAZ, MARA NATALIA c/ MALECEK, JOSE ENRIQUE Y OTRO s/DESPIDO

La trabajadora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo y mantuvo la condena solidaria.

Rebeldia Despido Condena solidaria Presuncion de certeza Art 30 lct Cajera Sistema de pago electronico


¿Quién es el actor?

Mara Natalia Díaz
- Demandados: José Enrique Malecek y Servicio Electrónico de Pago S.A. (SEPSA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo, por considerar acreditados los incumplimientos del empleador (registro incorrecto de la remuneración y categorización incorrecta de la trabajadora) en base a la aplicación de la presunción de certeza derivada de la rebeldía del codemandado Malecek. Asimismo, confirmó la condena solidaria de SEPSA con fundamento en que las tareas realizadas por la trabajadora se encontraban comprendidas dentro de la actividad normal y específica de dicha codemandada. Fundamentos relevantes:
- El agravio de SEPSA vinculado al fondo del asunto no tiene acogida, dado que no aportó prueba para desvirtuar los efectos de la presunción de certeza derivada de la rebeldía.
- La condena solidaria a SEPSA se sustenta en que las tareas de la trabajadora (cajera para operar el sistema "Pago Fácil") complementaban y eran necesarias para la actividad propia de dicha empresa, razón por la cual resulta aplicable el art. 30 LCT.
- Los cuestionamientos genéricos de SEPSA a la liquidación de los rubros de condena y al monto de los honorarios regulados resultan ineficaces.

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