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MACEDO, GONZALO EZEQUIEL c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor cuestionó el monto de los honorarios regulados a su representación legal. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y elevó los honorarios de la representación letrada de la parte actora.

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Accidente de trabajo
- Ley especial

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Ordenó aplicar los intereses conforme a lo propuesto por la Dra. García Vior, elevó los honorarios de la representación letrada de la parte actora y dispuso imponer las costas de alzada a la demandada. Los principales fundamentos fueron:
- En materia de intereses, corresponde aplicar la metodología propuesta en el Acta 2764 de la CNAT, con capitalización anual a partir de la notificación de la demanda, a fin de mantener el valor real del crédito.
- Los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora deben elevarse a 127 UMA, teniendo en cuenta la calidad, mérito y extensión de la labor profesional.
- Las costas de alzada deben imponerse a la demandada vencida.

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