AGUILERA, MARIA DE LOS ANGELES c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora apeló la sentencia que revocó la resolución de la Comisión Médica sobre incapacidad por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y reconoció el daño psicológico adicional reclamado.
Pago de prestaciones dinerarias por incapacidad física y psicológica derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de condena, reconociendo el daño psicológico informado por el perito médico. Consideró que el juez debe atender las conclusiones del experto salvo que estén reñidas con principios lógicos o máximas de experiencia, lo que no se verificaba en el caso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El perito explicó adecuadamente las razones del daño psicológico, respaldado en el estudio psicodiagnóstico. Las secuelas físicas acreditadas (cirugía, cicatriz, dolor, pérdida de fuerza) son aptas para ocasionar el cuadro reactivo informado. No hay elementos objetivos que permitan dudar de las conclusiones periciales.
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