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FENUSQUIETTO, VICTOR ANTONIO c/ MAPFRE ARGENTINA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por las secuelas de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia, reduciendo el monto de condena pero aplicando intereses desde la fecha del accidente.

Intereses Honorarios Dano psicologico Accidente de trabajo Ley 26 773 Ripte

Cobro de prestaciones dinerarias por secuelas de accidente laboral

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena a $ 16.670,57 pero aplicando intereses desde la fecha del accidente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal considera que si bien puede existir un daño psicológico, no se acreditó adecuadamente el nexo causal entre el accidente y las secuelas psicológicas alegadas.
- Respecto a la aplicación de la ley 26.773, se concluye que sus previsiones no resultan aplicables a un accidente ocurrido con anterioridad a su vigencia.
- No obstante, se aplican intereses desde la fecha del accidente para preservar el valor económico del crédito, en lugar de actualizar el monto por índice RIPTE.
- Se mantienen los honorarios regulados en primera instancia.

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