BOJANIC MIRANDA, CECILIA ANDREA c/ FORMANOVA S.R.L. s/DESPIDO
La actora interpuso recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia al hacer lugar a la multa del art. 80 de la LCT.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al hacer lugar a la multa del art. 80 de la LCT, pero rechazó la queja por la multa del art. 132 bis de la LCT.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que, al haberse admitido el reclamo de diferencias salariales, los certificados de trabajo no reflejaban la realidad del vínculo laboral, por lo que correspondía la multa del art. 80 de la LCT.
- Respecto a la multa del art. 132 bis de la LCT, la Cámara entendió que la actora no efectuó correctamente la intimación que exige la norma.
- La Cámara también ratificó los honorarios de las partes apelados.
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