REY AMORETTI, BRAIAN FEDERICO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y redujo el monto indemnizatorio por incapacidad psicológica al considerar que el actor no la había reclamado adecuadamente en la demanda.
Accidente in itinere y daños, incluido daño psíquico.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, considerando que el daño psíquico no había sido reclamado adecuadamente en la demanda. En consecuencia, redujo el monto de condena a $193.653,34 correspondiente a la incapacidad física.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El art. 65 de la LO exige que la demanda contenga una explicación clara de los hechos en que se funda. En este caso, las breves menciones al daño psíquico en el escrito inicial fueron insuficientes para considerarlo un reclamo concreto.
- El informe pericial psicológico tampoco cumplió con efectuar un análisis de la personalidad de base del actor, requisito esencial para determinar las consecuencias del hecho dañoso.
- Por lo tanto, corresponde revocar la condena por el daño psíquico y recalcular el monto indemnizatorio tomando solo la incapacidad física.
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