Logo

BENITEZ, WALTER COSME c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador demandó por accidente in itinere y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al considerar el pago parcial realizado por la ART.

Intereses Costas Incapacidad psicologica Accidente in itinere Pago parcial

Indemnización por accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el rechazo de la incapacidad psicológica, pero dispuso que el pago parcial realizado por la ART se impute primero a intereses y luego a capital, con los intereses correspondientes hasta el efectivo pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- En cuanto a la incapacidad psicológica, la Sala comparte los precedentes que sostienen que el daño psíquico no puede ser indemnizado en un accidente in itinere, ya que este fue provocado por un tercero y la reacción del trabajador es respecto a factores externos al trabajo.
- Sobre el pago parcial realizado por la ART, la Cámara consideró que existen indicios graves, precisos y concordantes que acreditan dicho pago, por lo que corresponde admitir la defensa de pago parcial.
- El capital nominal de condena deberá acrecer con los intereses hasta el 04/06/2018, momento en que se descontará el pago parcial, imputándose primero a intereses y luego a capital. Al monto adeudado a esa fecha se le adicionarán los intereses pertinentes hasta el efectivo pago.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar