FRANCO, EMILIANO NAHUEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó por accidente de trabajo y se le ordenó la prestación de tratamiento psicoterapéutico. La Cámara confirmó la sentencia y rechazó el pedido de la ART de sustituir la prestación en especie por una suma de dinero.
Accidente de trabajo y prestación de tratamiento psicoterapéutico
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a la ART proveer el tratamiento psicoterapéutico. Rechazó el pedido de la ART de sustituir la prestación en especie por una suma de dinero, aplicando los arts. 20 LRT y 2 Ley 26.773.
Los fundamentos principales fueron:
- La Ley de Riesgos del Trabajo no prevé la sustitución de las prestaciones en especie por sumas de dinero.
- La Ley 26.773 dispone que las prestaciones médico-asistenciales no pueden ser sustituidas por dinero, salvo la obligación de traslado del paciente.
- No hubo violación al principio de congruencia, ya que se aplicó el principio "iura novit curia" y se impusieron sanciones conminatorias.
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