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GARCIA, PALOMA GALA c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor inició demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y ajustó los intereses aplicados.

Intereses Costas Honorarios Accidente de trabajo Capitalizacion

Accidente de trabajo sufrido el 04/01/2016

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en relación al cálculo de los intereses. Estableció que los intereses deben calcularse desde que cada suma fue debida, de conformidad con las tasas dispuestas por la CNAT, hasta la notificación de la demanda, momento en el cual se procederá a su acumulación al capital (art. 770 inc. b CCyC). A partir de allí, el nuevo importe con los intereses capitalizados, continuará devengando accesorios a las mismas tasas, hasta el efectivo pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que a través de un Acta no se puede interpretar una norma legal como el art. 770 inc. b CCyC, que solo puede ser realizada a través de la convocatoria a un fallo plenario. Además, dicho inciso constituye una excepción a la regla general de prohibición del anatocismo establecida en el primer párrafo de esa norma.
- En cuanto a las costas y honorarios, la Cámara los mantuvo en los porcentajes fijados en primera instancia, pero referidos al nuevo monto de condena que incluye los intereses.

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