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CAVALLI, PATRICIO ENRIQUE c/ PURO RESULTADO S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor apeló la sentencia de primera instancia para cuestionar la tasa de interés aplicada. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y estableció que el capital de condena devengará intereses según las tasas fijadas por las Actas de la propia Cámara.

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Impugnación de la tasa de interés aplicada en la sentencia de primera instancia

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia y dispuso que el capital de condena devenga intereses de conformidad con las tasas establecidas en las Actas 2601/14, 2630/16, 2658/17 y 2764/22 de la propia Cámara, con capitalización anual desde la notificación de la demanda. Asimismo, dejó sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia, estableciendo que las costas de ambas instancias deben quedar a cargo de las demandadas vencidas, y regulando nuevos honorarios para los profesionales intervinientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que asistía razón al actor en cuanto a la aplicación de la tasa de interés, debiendo aplicarse las tasas establecidas en las Actas referidas, que implican un "sinceramiento" con las variables económicas.
- Citó jurisprudencia de la Corte Suprema que ha convalidado una tasa diferencial para créditos laborales.
- Recientemente, la propia Cámara dispuso mantener las tasas de interés establecidas en dichas Actas, con capitalización anual desde la notificación de la demanda.

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