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PIETRANTONIO, PASCUAL c/ EMPRESA SAN JOSE S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia de primera instancia que consideró injustificado el despido.

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Despido injustificado

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que consideró injustificado el despido efectuado por la empleadora bajo el art. 252 de la LCT, al entender que la empresa no acreditó la entrega al trabajador de la certificación de servicios necesaria para que este gestionara su jubilación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jurisprudencia es unánime en cuanto a que el plazo del art. 252 LCT sólo empieza a correr a partir de la entrega al trabajador de los certificados necesarios para gestionar el beneficio jubilatorio. La empresa no logró probar la efectiva entrega de dicha documentación al trabajador. Tampoco corresponde eximir a la demandada del pago de la indemnización agravada del art. 2 de la Ley 25.323, pues la ausencia de prueba de la causal invocada impide considerar que existió una controversia seria y fundada sobre el despido.

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