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MAMEDE D ALMEIDA, CLAUDIA MARCELA c/ COCIMCO S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

Trabajadora demandó por despido indirecto y le fueron reconocidas las principales indemnizaciones, con ajuste en el monto por deducción de la multa del art. 80 LCT.

Responsabilidad solidaria Despido indirecto Multa art 80 lct Transferencia de establecimiento

Indemnizaciones por despido indirecto

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se confirmó que hubo un despido indirecto justificado, condenando a Cocimco S.R.L. y Norma Silva. Se eximió de responsabilidad a los Sres. Seminario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La actora envió reiteradas cartas documento reclamando su situación laboral, sin obtener respuesta, lo que justificó considerar el despido indirecto.
- La responsabilidad solidaria de Cocimco S.R.L. y Norma Silva se basa en la transferencia de establecimiento (art. 228 LCT).
- No se acreditó que los Sres. Seminario fueran socios o gerentes de Cocimco S.R.L., por lo que fueron eximidos de responsabilidad.
- Se dedujo de la condena la multa del art. 80 LCT, al no haberse cumplido con los requisitos de dicha sanción.

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