MAMEDE D ALMEIDA, CLAUDIA MARCELA c/ COCIMCO S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
Trabajadora demandó por despido indirecto y le fueron reconocidas las principales indemnizaciones, con ajuste en el monto por deducción de la multa del art. 80 LCT.
Indemnizaciones por despido indirecto
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se confirmó que hubo un despido indirecto justificado, condenando a Cocimco S.R.L. y Norma Silva. Se eximió de responsabilidad a los Sres. Seminario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La actora envió reiteradas cartas documento reclamando su situación laboral, sin obtener respuesta, lo que justificó considerar el despido indirecto.
- La responsabilidad solidaria de Cocimco S.R.L. y Norma Silva se basa en la transferencia de establecimiento (art. 228 LCT).
- No se acreditó que los Sres. Seminario fueran socios o gerentes de Cocimco S.R.L., por lo que fueron eximidos de responsabilidad.
- Se dedujo de la condena la multa del art. 80 LCT, al no haberse cumplido con los requisitos de dicha sanción.
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