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RAINOLDI, LEONARDO JAVIER c/ COLEGIO JUAN BAUTISTA ALBERDI S.A.E. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por cobro de diversos créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que había rechazado la demanda, al considerar que se trató de una locación de servicios y no de una relación laboral.

Prueba Principio de congruencia Locacion de servicios Relacion laboral Autonomia profesional Presuncion del art 23 lct


¿Quién es el actor?

RAINOLDI LEONARDO JAVIER
- Demandados: COLEGIO JUAN BAUTISTA ALBERDI S.A.E. Y OTROS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de diversos créditos laborales

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda. Fundamentos principales:
- No se pudo acreditar la existencia de una relación laboral subordinada, ya que el relato del actor contenía contradicciones e inverosimilitudes sobre las circunstancias del vínculo.
- El actor se desempeñaba de forma autónoma y libre, sin estar sujeto a órdenes, instrucciones o controles, lo que desmiente la presunción del art. 23 LCT.
- Las entidades educativas eran clientes y no empleadores del actor, quien prestaba servicios de forma independiente.
- Las pruebas aportadas, analizadas bajo las reglas de la sana crítica, confirman que se trató de una locación de servicios y no de una relación laboral.

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