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REVILLARD, ROSA LIDIA c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora demandó a la ART por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del plazo para recurrir las decisiones administrativas y habilitó la vía judicial.

Accidente de trabajo Revision judicial Tutela judicial efectiva Inconstitucionalidad Art Comisiones medicas Ley 27 348


¿Quién es el actor?

REVILLARD, ROSA LIDIA

¿A quién se demanda?

ASOCIART ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró la inconstitucionalidad del plazo de 15 días establecido por la Resolución 298/2017 de la SRT para recurrir las decisiones administrativas en materia de accidentes de trabajo. Consideró que ello vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y que los trabajadores pueden demandar directamente ante la justicia laboral, sin necesidad de agotar ese plazo. Los fundamentos principales fueron:
- La ley 27.348 estableció una instancia administrativa previa obligatoria ante las Comisiones Médicas, pero su revisión judicial posterior debe ser plena y no puede verse limitada por plazos breves fijados por un órgano administrativo.
- Conforme la jurisprudencia de la CSJN, la actividad de los órganos administrativos no puede trasgredir las limitaciones constitucionales, debiendo quedar sujeta a un control judicial suficiente.
- Los tratados internacionales consagran el derecho a ser oído por un tribunal competente, independiente e imparcial, lo cual se vulneraría si no hubiera una revisión judicial posterior.
- Por ende, se declaró la inconstitucionalidad del plazo de 15 días y se habilitó la vía judicial para que la actora cuestione la decisión administrativa.

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