TORRES, MIGUEL ANGEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador recurrió el porcentaje de incapacidad determinado en primera instancia. La Cámara modificó la sentencia y aumentó el porcentaje de incapacidad psicofísica computado.
Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y determinó que el trabajador presenta una incapacidad psicofísica del 12,50% de la total obrera (10% de incapacidad física + 2,50% de incapacidad psíquica), en lugar del 7,50% fijado en origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que no corresponde reducir el porcentaje de incapacidad física por concausalidad, ya que no se acreditó que el trabajador tuviera una patología preexistente al ingreso. Además, el principio de la indiferencia de la concausa rige en los accidentes de trabajo.
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