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MULLER, MARCELA VIVIANA c/ CAT TECHNOLOGIES ARGENTINA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la decisión de primera instancia que hizo lugar parcialmente a los reclamos.

Diferencias salariales Despido indirecto Multa art 80 lct Multa art 2 ley 25 323 Responsabilidad solidaria art 30 lct

Despido indirecto, diferencias salariales, multa del art. 80 LCT y art. 2 ley 25.323.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que:
- Validó el despido indirecto por categoría inferior a la correspondiente.
- Hizo lugar a las diferencias salariales reclamadas, calculadas sobre la base de la categoría "Vendedor B".
- Aplicó la multa del art. 80 LCT y la multa del art. 2 ley 25.323.
- Impuso la responsabilidad solidaria de las codemandadas conforme art. 30 LCT. Fundamentos relevantes:
- La prueba testimonial acreditó que la actora se desempeñaba en una categoría inferior a la correspondiente, lo que justifica el despido indirecto.
- La remuneración debe calcularse sobre la base de la categoría "Vendedor B" conforme al CCT 130/75, sin aplicar proporcionalidad por jornada reducida.
- Procede la multa del art. 80 LCT y art. 2 ley 25.323 por incumplimiento de las obligaciones laborales.
- Corresponde la responsabilidad solidaria de las demandadas por las tareas de venta telefónica, que forman parte de su actividad normal.

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