RUIZ, JONATHAN DAMIAN c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador recurrió parcialmente la sentencia que hizo lugar al accidente in itinere, pero la Cámara confirmó la decisión de no indemnizar el daño psíquico.
Accidente in itinere, incluyendo daño psíquico
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al accidente in itinere, pero rechazó el reclamo por daño psíquico. Los jueces entendieron que el daño psíquico no puede ser indemnizado en un accidente in itinere, ya que el mismo se debe a factores externos al trabajo que no tienen relación con los daños físicos cubiertos por la ley de riesgos del trabajo. Además, consideraron que no se había acreditado el nexo causal entre el accidente y la incapacidad psíquica alegada.
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