LUNA, EMANUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y redujo el monto de la condena por daño psíquico.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de la condena por daño psíquico de $510.508,07 a $249.127,93. Confirmó lo decidido en materia de costas y honorarios.
Los principales fundamentos fueron:
- Si bien el trabajador sufrió una incapacidad física del 10% más factores de ponderación, no hay prueba de que padezca una perturbación patológica de su personalidad o haya perdido empatía para vincularse socialmente, por lo que el daño psíquico debe reducirse.
- La fórmula Balthazard no es aplicable al caso, ya que solo procede cuando se constate limitaciones anátomo-funcionales previas al ingreso laboral, existan siniestros sucesivos o para determinar la incapacidad de un gran siniestrado.
- Los honorarios regulados son razonables.
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