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LUNA, EMANUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y redujo el monto de la condena por daño psíquico.

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Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de la condena por daño psíquico de $510.508,07 a $249.127,93. Confirmó lo decidido en materia de costas y honorarios. Los principales fundamentos fueron:
- Si bien el trabajador sufrió una incapacidad física del 10% más factores de ponderación, no hay prueba de que padezca una perturbación patológica de su personalidad o haya perdido empatía para vincularse socialmente, por lo que el daño psíquico debe reducirse.
- La fórmula Balthazard no es aplicable al caso, ya que solo procede cuando se constate limitaciones anátomo-funcionales previas al ingreso laboral, existan siniestros sucesivos o para determinar la incapacidad de un gran siniestrado.
- Los honorarios regulados son razonables.

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