BARROETAVEÑA, FEDERICO ALEJANDRO c/ OPSM INVESTIGACION SOCIAL CONSULTORIA Y SERVICIOS S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Trabajador demanda por despido y diferencias indemnizatorias. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la sentencia de primera instancia con algunas modificaciones.
¿Quién es el actor?
Federico Alejandro Barroetaveña
¿A quién se demanda?
OPSM Investigación Social Consultora y Servicios S.A. y otros
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnización por despido, art. 80 de la LCT y actualización de montos indemnizatorios
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma parcialmente la sentencia de primera instancia. Eleva el monto de condena a $591.882,09 por diferencias indemnizatorias y confirma la procedencia de la indemnización del art. 2 de la ley 25.323. Disiente respecto a la indemnización del art. 80 LCT, por considerar que correspondía pagarla al haberse entregado tardíamente las certificaciones laborales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para que proceda la indemnización del art. 80 LCT el trabajador debe respetar los términos del art. 3 del Dec. 146/01, realizando intimación fehaciente vencido el plazo de 30 días de roto el vínculo, lo que no ocurrió en este caso.
- Respecto a la responsabilidad solidaria de las personas físicas, no se verifican los supuestos de los arts. 54, 56 y 274 LCT que habilitan ese tipo de responsabilidad.
- Los cálculos de la condena indemnizatoria se ajustan a derecho, al considerarse el pago previo de $36.000 y aplicar el 50% de las diferencias sobre ese monto.
- Corresponde confirmar los honorarios del perito contador por ser equitativos.
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