QUIROZ, LUIS EMANUEL c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador reclamó indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral. La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto indemnizatorio por daño psicológico.
Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral (torsión de rodilla izquierda al bajar una escalera).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto indemnizatorio por daño psicológico de 10% a 5%, por considerar que el trauma sufrido fue leve y no generó una perturbación patológica de la personalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para que exista daño psíquico debe mediar una perturbación patológica de la personalidad que guarde nexo causal con el hecho dañoso.
- Cuando el trauma es leve y cura sin secuelas, o éstas no son trascendentales, no es factible concluir que exista daño psíquico.
- En el caso, la incapacidad física del actor es del 10% y sigue desempeñando sus tareas habituales, lo que descarta que padezca una perturbación patológica de su personalidad.
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