AMIN, MARIA YAMILA c/ ASOCIACION DE BENEFICIENCIA HOSPITAL SIRIO LIBANES s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia, rechazando la sanción del art. 132 bis de la LCT, pero confirmando el resto de lo decidido en primera instancia.
Despido injustificado, diferencias salariales e indemnizaciones
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que el despido fue injustificado y mantuvo las indemnizaciones, pero revocó la sanción del art. 132 bis de la LCT por considerar que no se acreditó el incumplimiento de los aportes retenidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La prueba testimonial no acreditó los incumplimientos invocados por la empleadora para justificar el despido.
- Respecto al reclamo de diferencias salariales, la actora no logró demostrar que le correspondía la categoría superior que invocaba.
- En relación a la sanción del art. 132 bis, si bien surge que hubo retenciones de aportes no depositados, la demandada acreditó encontrarse adherida a planes de regularización, por lo que no correspondía la aplicación de dicha multa.
- Se aplicaron las tasas de interés de las Actas 2601/14, 2630/16 y 2658/17 de la CNAT.
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