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GRASSO, OSCAR ALFREDO c/ BANCO COMAFI S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra su empleador, el Banco Comafi S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la decisión de primera instancia que consideró al banco como empleador directo del trabajador.

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Diferencias salariales, horas extras, indemnizaciones por despido y sanciones.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que consideró al Banco Comafi como empleador directo del trabajador en aplicación del art. 29 LCT. Se confirmaron los rubros salariales, las indemnizaciones y sanciones reclamados. Se elevaron los honorarios de la representación letrada del actor. Fundamentos principales:
- Se acreditó que el trabajador fue contratado por Staffing IT S.A. pero prestó servicios bajo la dirección y control del Banco Comafi, por lo que corresponde aplicar el art. 29 LCT y considerar al banco como empleador directo.
- La falta de impugnación de la valoración de las pruebas que sustentaron los rubros salariales y de horas extras implica su confirmación.
- Proceden las sanciones por falta de registro y entrega de certificados por no reflejar la real relación laboral.
- Los intereses deben calcularse conforme a la tasa activa del Banco Nación.
- Los honorarios de la representación letrada del actor se elevan al 17% del monto total de condena.

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