ENCINA, VICTOR HUGO c/ UNILEVER DE ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y redujo los montos indemnizatorios.
Indemnizaciones por despido injustificado
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando las indemnizaciones previstas en los arts. 9 y 15 de la Ley de Empleo (LNE) y la condena por daño moral, pero confirmando la procedencia de la indemnización del art. 80 LCT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se acreditó la fecha de ingreso denunciada por el actor a través de los testimonios. Sin embargo, no se cumplió con el requisito formal de la comunicación previa al despido exigido por el art. 11 LNE.
- No se probó la causal de despido invocada por la empleadora, por lo que correspondía confirmar la indemnización del art. 80 LCT.
- La indemnización tarifada del art. 245 LCT cubre todos los daños derivados del despido arbitrario, sin que se haya probado un ilícito extracontractual que justifique una condena por daño moral.
- Se modificó el criterio de aplicación de intereses, estableciendo que deberán aplicarse las tasas fijadas por las Actas 2601, 2630 y 2658 de la CNAT con capitalización al momento de la notificación de la demanda.
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