DE LA CRUZ CISNEROS, MAIDA AIRAM c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Trabajadora accidentada reclama indemnización por incapacidad. La Cámara reduce el porcentaje de incapacidad psíquica atribuido y confirma el monto de la condena.
Indemnización por accidente laboral que le provocó esguince de muñeca y lesión de nervio mediano
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo la incapacidad psíquica atribuida de 20% a 15,53% (13,2% física más 2,1% de factores de ponderación) y confirmando el monto de la condena. Elevó los honorarios de la perita médica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La peritación psicológica privada no acreditó los cuadros de lesión psíquica severa que determinó la perita judicial.
- El evento dañoso no tiene entidad suficiente para generar 20% o 10% de incapacidad psíquica.
- Se mantiene el ingreso base mensual fijado en primera instancia.
- Se aplica la reparación prevista en la ley 24.557 más la incidencia de la ley 26.773.
- Los intereses se devengan desde la ocurrencia del siniestro.
- Se confirman las costas y honorarios de primera instancia, salvo los de la perita que se elevan.
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