PASSARELLI, FRANCA c/ ANG COMUNICACIONES MUSICALES S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La actora demandó por despido y obtuvo el reconocimiento de la existencia de un contrato de trabajo. La Cámara confirmó la sentencia, elevando los honorarios del letrado de la actora.
Despido
¿Qué se resolvió?
Se reconoció la existencia de un contrato de trabajo entre la actora y la empresa demandada. Se confirmó la sentencia, elevando los honorarios del letrado de la parte actora. La Cámara consideró que la empresa demandada no logró desvirtuar la presunción de existencia de contrato de trabajo establecida en el art. 23 de la LCT, a pesar de sus alegatos sobre la inexistencia de subordinación jurídica y que las tareas realizadas por la actora eran eventuales o esporádicas. Se señaló que la emisión de facturas no altera la naturaleza laboral de la relación y que debe primar el principio de "primacía de la realidad". En cuanto a los honorarios, se elevaron los de la representación y patrocinio letrado de la actora, por considerarlos reducidos, y se confirmaron los de la parte demandada.
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