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BORDON, ANA CRISTINA c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora apeló la decisión que declaró inhabilitada la vía judicial. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó dicha decisión y declaró la aptitud jurisdiccional de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la causa.

Accidente de trabajo Comision medica Enfermedad profesional Ley 27 348 Aptitud jurisdiccional


¿Quién es el actor?

Ana Cristina Bordon

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente de trabajo/enfermedad profesional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia que había declarado inhabilitada la vía judicial y declaró la aptitud jurisdiccional de la Justicia Nacional del Trabajo. Los principales fundamentos fueron:
- La Ley 27.348 establece la actuación de las comisiones médicas como instancia previa y obligatoria para reclamos relacionados con contingencias que afectan la salud del trabajador, previendo luego el acceso a la instancia judicial.
- En los expedientes iniciados por la actora ante la Comisión Médica, al momento de interponer la demanda, dicha comisión aún no había emitido dictamen.
- Resolver de otro modo implicaría un rigorismo formal innecesario, atentatorio del derecho de defensa en juicio, tratándose de un reclamo por daño a la salud.

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