MORANO, FERNANDO EZEQUIEL c/ UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia que consideró que el actor tenía una relación de dependencia laboral con las demandadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fernando Ezequiel Morano
Demandados: Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina y otros
Objeto de la demanda: Despido
Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia que reconoció la existencia de una relación de dependencia laboral entre el actor y los demandados.
Fundamentos principales:
- Si bien el profesional universitario siempre debe prestar un servicio personal, si su prestación no es "intuito personae" y puede ser sustituida, nos encontraríamos en un ámbito ajeno al derecho del trabajo. En la medida que el sujeto prometa algo más que sus servicios o se nos presente como jefe de una organización de trabajo propia, no cabría admitir la posibilidad de que exista una relación de trabajo.
- Sin embargo, en la medida que la prestación profesional se desarrolle dentro del establecimiento empresario y con sujeción a un horario determinado, aun cuando éste admita cierto grado de elasticidad, resultaría, prima facie, aceptable la conclusión de que media relación de dependencia.
- La prueba testimonial corroboró que el actor se insertó para prestar servicios personales en organizaciones ajenas bajo un esquema fuertemente subordinado y a cambio de un rédito cierto en dinero.
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