CAVALIERI, PEDRO SEBASTIAN c/ IVETRA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y elevó el monto de condena por la indemnización prevista en el artículo 247 de la LCT.
Indemnización por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de condena por la indemnización del art. 247 LCT, al considerar que el despido indirecto del actor fue injustificado. Rechazó otros reclamos indemnizatorios por considerar que el despido fue apresurado y no guardó relación con la respuesta de la empleadora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El tribunal consideró que la respuesta de Ivetra S.A. a la intimación del actor impide tener por acreditado el silencio patronal que habilitaría la presunción del art. 57 LCT.
- Se estableció que al momento de considerarse despedido, el actor ya se encontraba trabajando para la Administración General de Puertos, lo que implicó un incumplimiento del deber de buena fe.
- Se modificó la fecha de antigüedad considerada para el cálculo de la indemnización del art. 247 LCT, estableciéndola desde el 02/06/2009 y no desde el 01/11/2012 como había fijado la sentencia de primera instancia.
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