GONZALEZ, VICTOR DAMIAN c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador reclamó indemnización por accidente de trayecto. La Cámara modificó el porcentaje de incapacidad física pero confirmó el cómputo de intereses desde la fecha del accidente.
Indemnización por accidente de trayecto sufrido el 09/11/2016
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó el porcentaje de incapacidad física determinado en primera instancia, estableciendo que el trabajador porta una minusvalía física del 12,66% de la total obrera. Confirmó el cómputo de intereses desde la fecha del accidente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) La Cámara consideró que el daño psicológico ya había sido computado en una causa conexa, por lo que sólo correspondía indemnizar la incapacidad física del 12,66%. 2) Confirmó el cómputo de intereses desde la fecha del accidente, siguiendo la doctrina de la Corte Suprema y las previsiones de la Ley 26.773 y 27.348.
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