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PEDERNERA, LEONARDO GUILLERMO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador promovió demanda por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aumentó el porcentaje de incapacidad reconocido al trabajador.

Incapacidad Dano psicologico Accidente de trabajo Dano fisico Intereses compensatorios Factores de ponderacion

Reconocimiento de incapacidad derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y fijó la incapacidad psicofísica del trabajador en el 33,88% de la total obrera, ordenando al juzgado de origen que determine y calcule el monto de la prestación dineraria correspondiente. Asimismo, estableció que la demandada deberá abonar el capital de condena dentro del quinto día de aprobada la liquidación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que el informe pericial médico daba cuenta de un trastorno físico y psíquico parcial y permanente cuya etiología surgía del accidente laboral, por lo que correspondía hacer lugar al reclamo por lesiones cervicales y daño psicológico.
- Respecto a la incapacidad, la Cámara entendió que el porcentaje determinado por el perito médico (33,88%) era adecuado y no se apartó del mismo.
- En cuanto a los factores de ponderación, el voto de la Dra. Craig aplicó el criterio establecido por la Sala, sumando los tres factores (dificultad para realizar tareas habituales, recalificación y edad).
- Confirmó el cómputo de intereses compensatorios desde la fecha del accidente.

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