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SALVATIERRA SERON CARLOS ALBERTO c/ BAYTON SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra la empresa que lo contrataba y la intermediaria. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó que la empresa contratante era el empleador directo del actor.

Despido Ley de contrato de trabajo Primacia de la realidad Intermediacion laboral Multas laborales

Despido

¿Qué se resolvió?

Se confirmó que Productos Venier SA era el empleador directo del actor, a pesar de que Bayton Servicios Empresarios SA lo tenía formalmente contratado. Se aplicaron las multas de las leyes 24.013 y 25.323 por la falta de registro adecuado. Los principales fundamentos fueron:
- Se acreditó que el actor prestaba servicios de manera permanente y bajo la supervisión de Productos Venier SA, por lo que esta última era su empleador directo según el art. 29 LCT.
- Bayton Servicios Empresarios SA actuaba como una mera intermediaria que proveía mano de obra a Productos Venier SA, sin tener una actividad empresaria propia.
- Corresponde aplicar el principio de primacía de la realidad para determinar la verdadera relación laboral, más allá de las formas contractuales.
- Proceden las multas por falta de registro adecuado, conforme al fallo plenario "Vásquez".

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