NOCHES, JERSON IVAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador demanda a ART por accidente de trabajo. La Cámara modifica la sentencia y dispone que los intereses se calcularán de acuerdo con criterio específico sobre capitalización de intereses.
Accidente de trabajo (Ley Especial) Decisión: La Cámara modifica la sentencia de primera instancia y dispone que los intereses se calcularán de la siguiente manera: desde la fecha de exigibilidad de los créditos hasta la notificación de la demanda, se acumularán al capital (arts. 623 CC y 770 inc. b CCyCN); el nuevo importe continuará devengando intereses hasta el efectivo pago, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 770 inc. c CCyCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se adhiere al criterio adoptado en el precedente "Rebagliati Eduardo Gustavo c/ Sanatorio Las Lomas", donde se consideró que la capitalización de intereses conforme Acta 2764 de la CNAT resulta razonable si se atiende a la depreciación monetaria, la compensación por la no disponibilidad oportuna del dinero y la mora en el pago, sin lesionar derechos constitucionales.
- La capitalización de intereses prevista en el art. 770 inc. b del CCyCN es proporcional para paliar el daño ocasionado por la no disponibilidad oportuna del capital.
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