GOLDEN JEANS 26 S.A. c/ PIZARRO, PABLO ELIAS s/CONSIGNACION
La empresa apeló la sentencia que rechazó el despido por falta o disminución de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la decisión por considerar que la empresa no acreditó los requisitos legales para la aplicación de esa causal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GOLDEN JEANS 26 S.A. Demandado: PIZARRO, PABLO ELÍAS Objeto: La empresa apeló la sentencia de primera instancia que rechazó la causal de despido por falta o disminución de trabajo (art. 247 LCT). La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia apelada. Consideró que la empresa no logró acreditar: a) la situación fáctica y objetiva de reducción de las necesidades de ocupación de personal y su perduración en el tiempo; b) la ajenidad de tal situación; y c) el respeto al orden de prioridades según la antigüedad de los dependientes, dentro de cada especialidad. Además, la empresa no cumplió con el procedimiento preventivo de crisis. Por lo tanto, la causal de despido invocada resultó improcedente. La Cámara también confirmó la condena al pago de la multa del art. 80 LCT y la entrega de la documentación, al considerar que la empresa no entregó la totalidad de la documentación prevista en esa norma. Finalmente, confirmó los honorarios regulados en la instancia anterior.
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