CASPARRI, HORACIO ANGEL SALVADOR c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia y redujo los honorarios regulados a favor del letrado del trabajador.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, salvo en la reducción del porcentaje de honorarios regulados a favor del letrado del trabajador, que se fijaron en un 15%. Se impusieron las costas de alzada a la recurrente (demandada) y se fijaron los honorarios de alzada en el 30% de la suma regulada en primera instancia.
Los principales fundamentos fueron:
- La demandada reconoció el accidente de trabajo y la asistencia médica brindada al trabajador, por lo que le correspondía acreditar que las lesiones no tenían origen traumático, lo cual no hizo.
- El trabajador reclamó por daño psíquico, lo cual es procedente dado el tipo de accidente que sufrió (siniestro vehicular con riesgo vital).
- Corresponde la aplicación de intereses y la indemnización por accidente de trabajo prevista en la ley 26.773.
- La imposición de costas por la citación del tercero a la demandada se justifica por la notoria improcedencia de dicha citación.
- Solo se reduce el porcentaje de honorarios regulados al letrado del trabajador a un 15% por resultar excesivo.
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