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FUNEZ ROMERO, PABLO CESAR c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó los planteos de inconstitucionalidad de la ley 27.348 y declaró la incompetencia de la justicia laboral.

Debido proceso Comisiones medicas Ley 27 348 Constitucionalidad Juez natural Independencia e imparcialidad

¿Qué se resolvió en el fallo?


- El actor demandó por un accidente de trabajo.
- El juez de primera instancia rechazó los planteos de inconstitucionalidad de la ley 27.348 y declaró la incompetencia del fuero laboral.
- La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró procedente el recurso extraordinario, dejando sin efecto la sentencia apelada, conforme al precedente "Pogonza".
- La jueza Cañal considera inconstitucional el procedimiento administrativo obligatorio ante las Comisiones Médicas establecido en la ley 27.348, por vulnerar los principios de juez natural, debido proceso, independencia e imparcialidad.
- Los jueces Perugini y Diez Selva, en disidencia, consideran que el régimen de Comisiones Médicas es constitucional, en la medida que sus decisiones queden sujetas a control judicial suficiente.

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