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GARCIA, MARIA ALEJANDRA c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La accionante promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar a la indemnización por incapacidad psicológica del 10% de la total obrera.

Intereses Capitalizacion de intereses Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Codigo civil y comercial Ley 26 773 Enfermedad profesional


¿Quién es el actor?

María Alejandra García

¿A quién se demanda?

OMINT A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente de trabajo y enfermedad profesional

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y reconoció una incapacidad psicológica del 10% de la total obrera. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que el informe pericial que acreditó la incapacidad psicológica del 10% se encontraba debidamente fundamentado y no fueron rebatidos los argumentos de la peritación por la apelante.
- Respecto a la fecha de inicio de los intereses, la Cámara estableció que deben correr desde la fecha del accidente o primera manifestación invalidante, conforme lo dispuesto en la ley 26.773.
- En relación a la capitalización de intereses, la Cámara aplicó lo resuelto en el Acta 2764 de la Cámara, que dispuso la capitalización anual de los intereses, en los términos del art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial.

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