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ALVAREZ, IAN FRANCO c/ PROVINCIA ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda contra la Provincia ART S.A. por un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la declaración de incompetencia de la justicia nacional del trabajo, ordenando que el reclamo sea tramitado ante la jurisdicción provincial.

Accidente de trabajo Competencia territorial Comisiones medicas Ley 27 348 Fuero laboral

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se confirma la incompetencia de la justicia nacional del trabajo, debiendo tramitarse el reclamo ante la jurisdicción provincial. Los principales fundamentos fueron:
- La Ley 27.348 establece que el recurso contra las decisiones de las comisiones médicas debe interponerse ante la justicia ordinaria del fuero laboral de la jurisdicción provincial o de la CABA, según corresponda al domicilio de la comisión médica que intervino.
- La Corte Suprema ha señalado que las leyes modificatorias de la jurisdicción y competencia se aplican de inmediato a las causas pendientes, sin que pueda alegarse un derecho adquirido a ser juzgado por un determinado sistema adjetivo.
- Si bien el actor inició el reclamo ante la justicia nacional del trabajo, al momento de la demanda ya regía la Ley 27.348, por lo que corresponde declarar la incompetencia del fuero nacional.

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