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PALAVECINO, MAURICIO GABRIEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador reclama por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que reconoció el derecho del actor a percibir prestaciones dinerarias.

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Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo sufrido el 15/08/2014

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció al actor el derecho a percibir prestaciones dinerarias en los términos de la Ley 24.557 por las secuelas psicofísicas del accidente. Fundamentos principales:
- El Tribunal consideró que la aseguradora no formuló una crítica concreta y razonada de las partes de la sentencia que considerara equivocadas. Sus cuestionamientos fueron desarticulados y carecieron de referencia a las consideraciones del dictamen pericial que sustentó la decisión.
- Respecto a la incapacidad reconocida, el Tribunal señaló que el perito médico dio adecuada fundamentación a sus conclusiones, las cuales no fueron rebatidas de manera concreta por la recurrente.
- En cuanto a los otros aspectos impugnados (cálculo del IBM, intereses), la aseguradora no identificó con precisión los errores alegados, por lo que el recurso se consideró desierto en esos puntos.
- El Tribunal confirmó la procedencia de computar los intereses desde la fecha del accidente, aplicando los criterios normativos generales.
- Los honorarios fueron considerados regulados en porcentajes adecuados.

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