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SARDELLA, MARIA LAURA c/ IARAI S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, dejando sin efecto la condena solidaria impuesta a la obra social codemandada.

Obra social Relacion de dependencia Contrato de trabajo Despido Condena solidaria Profesional universitario


¿Quién es el actor?

SARDELLA, MARIA LAURA

¿A quién se demanda?

IARAI S.A. Y OSCHOCA (OBRA SOCIAL DE CHOFERES Y CAMIONES)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó el fallo de primera instancia, fijando el monto de condena en $466.415,60 y dejando sin efecto la condena solidaria a la obra social codemandada. Confirmó lo decidido en materia de costas, honorarios y multas. La Cámara consideró que existía una relación de trabajo dependiente entre la actora, odontóloga, y la demandada IARAI S.A., ya que si bien los profesionales universitarios pueden prestar servicios de forma autónoma o dependiente, en este caso la actora prestaba servicios de forma regular y habitual a la empresa, con subordinación jurídica y económica. Respecto a la condena solidaria a la obra social, la Cámara consideró que correspondía dejarla sin efecto, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema que declaró inoperante el art. 30 de la LCT frente a las obras sociales.

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