GAUS GONZALO EDUARDO c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por daños derivados de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad física y psicológica.
Daños y perjuicios derivados de un accidente laboral ocurrido el 11/04/2011, en el que sufrió una lesión en su mano derecha.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el monto indemnizatorio. Ello, al considerar que tanto la incapacidad física como la psicológica deben ser resarcidas de manera plena, sin efectuar deducciones por la existencia de otro siniestro posterior. Los jueces rechazaron la aplicación del método de la capacidad restante, entendiendo que cada siniestro impacta de manera integral en la persona. Asimismo, confirmaron el porcentaje de incapacidad física y psicológica determinado por la pericia médica.
Fundamentos relevantes:
- La psiquis de un sujeto, como bien tutelable, merece un resarcimiento individual y propio, debiendo ser indemnizado el daño psicológico de manera autónoma, atento a la distinta naturaleza del bien tutelado.
- No corresponde deducir porcentajes de incapacidad por la existencia de un siniestro posterior, ya que cada hecho impacta de manera plena en la persona.
- La pericia médica, al ser realizada por un profesional idóneo, merece pleno valor probatorio, no pudiendo reducirse los porcentajes allí determinados.
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