AGUIRRE, LUCAS NICOLAS c/ BUSS PACK S.A. s/DESPIDO
El trabajador demandó por despido y daños morales. La Cámara modificó la sentencia para disponer el pago de intereses con capitalización anual.
Despido y daño moral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para establecer que el capital de condena devengue intereses desde que cada suma es debida hasta su efectivo pago, con tasas de las Actas 2601/14, 2630/16, 2658/17 y 2764/22 y capitalización anual desde la notificación de la demanda, sin perjuicio de la facultad del juez de adecuar la suma si resultara desproporcionada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la tasa de interés debe compensar el deterioro del crédito laboral y el perjuicio sufrido por el trabajador debido a la mora del empleador. La aplicación de la capitalización anual prevista en el CCyCN equilibra el mantenimiento del capital y el resarcimiento adecuado de los daños, teniendo en cuenta la grave inflación que afecta al país.
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