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ROLDAN, NELIDA MABEL c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y modificó el cálculo de intereses a aplicar en un accidente in itinere.

Intereses Honorarios Accidente in itinere Comision medica Ley 27 348

Accidente in itinere ocurrido el 17 de noviembre de 2016.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la decisión de la comisión médica y hizo lugar al accidente in itinere. Respecto al cálculo de intereses, la Cámara dejó sin efecto lo resuelto y dispuso que los intereses se liquiden de acuerdo a lo previsto en el art. 11 de la Ley 27.348. Confirmó la regulación de honorarios. Impuso las costas de la Alzada por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que corresponde aplicar la tasa de interés prevista en el art. 11 de la Ley 27.348, que establece un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina desde la fecha del accidente. Sostuvo que este criterio había sido adoptado previamente por la Sala en el fallo "Ibarra Braian German". Respecto a los honorarios, la Cámara entendió que los regulados lucían razonables.

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