MEZA, FACUNDO AGUSTIN c/ GALENO ARGENTINA S.A. Y OTRO s/RECURSO LEY 27348
El actor impugnó el rechazo de su reclamo por incapacidad psicológica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión, considerando que el trauma sufrido no era apto para causar una perturbación patológica de la personalidad.
Incapacidad psicológica derivada de un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo del reclamo.
Los principales fundamentos fueron:
- El trastorno de estrés postraumático requiere la exposición a un evento abrumador y traumático, como accidentes graves, agresiones, desastres, etc. Un simple accidente sin riesgo vital no es suficiente para generar ese trastorno.
- Cuando el trauma es leve y no genera secuelas trascendentes, o las secuelas no son producto del hecho laboral sino de factores externos, no cabe indemnizar el "displacer" de personalidades inmaduras con baja tolerancia a la frustración.
- En este caso, la caída en motocicleta sin consecuencias físicas graves no era apta para causar una perturbación patológica de la personalidad, por lo que se confirmó el rechazo del reclamo.
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