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LEZCANO, FAUSTINO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, disponiendo nuevos parámetros para el cálculo de intereses.

Intereses Honorarios Accidente de trabajo Danos Capitalizacion Preferente tutela del trabajador

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la tasa de interés aplicable, disponiendo que el capital devengue intereses conforme a las Actas 2601/14, 2630/16, 2658/17 y 2764/22, con capitalización anual desde la notificación de la demanda. Asimismo, elevó los honorarios del letrado de la parte actora. Los fundamentos principales fueron:
- La tasa de interés debe compensar el deterioro del crédito laboral y el perjuicio sufrido por el trabajador, evitando que el transcurso del tiempo convierta el resarcimiento en irrisorio.
- Si bien el anatocismo está prohibido como regla general, existen excepciones legales que lo autorizan, como el artículo 770 inc. b) del Código Civil y Comercial, cuya aplicación equilibra el mantenimiento del capital.
- Las Cámaras laborales en reiterados pronunciamientos han adoptado el criterio de la capitalización anual de intereses, por considerarlo equitativo y razonable.

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